Nueva regulación RAP de envases para productores de envases domésticos.
La Unión Europea continúa fortaleciendo sus políticas medioambientales en sostenibilidad para los próximos años. Un ejemplo destacado es el sistema de recogida y tratamiento de residuos, implementado a nivel europeo y adaptado de manera particular por cada país miembro para responder a sus necesidades específicas.
En España está regulado por el RAP, también conocido como Responsabilidad Ambiental del Productor, una figura que tiene como objetivo ayudar a minimizar los efectos que las actividades comerciales e industriales producen en el medioambiente a través de una correcta gestión de los residuos de envases.
Nueva regulación RAP de envases. ¿Cuándo entra en vigor?
Desde el 1 de enero de 2025 entra en vigor el régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP), que define el conjunto de obligaciones que se imponen a los productores de productos envasados (y envasadores) para garantizar la adecuada gestión de los residuos de envases.
Para los productores de envases domésticos ya se encuentra en vigor, la nueva normativa aplica también a los los productores de envases comerciales e industriales, en el momento en que comiencen a cumplir con su correspondiente RAP (2025) asumiendo así la responsabilidad financiera y organizativa de la gestión de los residuos de envases.
¿A qué envases afecta la nueva regulación RAP?
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Envases domésticos
Destinados al uso y consumo de particulares, sin importar si su carácter es primario, secundario o terciario. Se tiene en cuenta que son envases susceptibles de ser adquiridos por el consumidor.
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Envases comerciales
Aquellos envases destinados al uso o consumo propio de la actividad comercial, tanto al por menos como al por mayor de servicios de restauración, bares, oficinas, etc.
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Envases industriales
Envases destinados al uso o consumo propio de la actividad económica de las industrias, explotaciones agrícolas, ganaderas. forestales so acuícolas. Excluyendo los envases comerciales o domésticos.
¿A quién afecta la nueva regulación RAP?
El sujeto obligado es el productor. No afecta a otros sujetos (distribuidor, poseedor final…)
Se considera productor a “los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado.”
Otros:
– Productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución: el titular de la marca de distribución (si no se identifica el productor).
– Productos envasados por encargo de un tercero que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejerciendo este último como productor de producto.
– Plataformas de comercio electrónico.
– Envases de servicio.
¿Cómo cumplir la nueva regulación RAP?
Con el fin de concienciar sobre el impacto ambiental que tienen los productos que consumimos, las empresas sujetas deberán incluir en sus facturas de forma clara y desglosada la contribución económica que pagan al Sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor, RAP, por los envases que comercializan. Con el fin de reflejar de manera clara a clientes, consumidores y a toda la cadena de distribución, el coste asociado a la gestión de residuos de envases.
Análisis de la obligatoriedad con la factura.
Se deberá identificar la contribución efectuada correspondiente a los envases en los Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAPs). Esta contribución financiera está regulada en el articulo 23, en la que se refleja que los productores se hacen cargo de los costes de gestión de los residuos de envases.
Por lo tanto, las facturas emitidas por las transacciones comerciales de los productos comercializados en el mercado deben reflejar esta contribución de manera clara y diferenciada del resto de conceptos que integran dicha factura. No es obligatorio desglosar por producto, a menos que lo soliciten los clientes.
La finalidad es asegurar la transparencia y trazabilidad de las contribuciones financieras que los productores realizan a los SCRAP , “a efectos de facilitar el control y seguimiento de las obligaciones de financiación previstas en este real decreto…”
Otras obligaciones de la nueva regulación RAP
Los productores deben facilitar las actuaciones y verificaciones que lleven a cabo tanto las entidades gestoras de los SCRAP como las autoridades competentes con el fin de comprobar la cantidad y tipología de envases puestos en el mercado a través de dichos sistemas.
Las entidades gestoras de los sistemas colectivos deberán respetar los principios de confidencialidad de datos de carácter comercial e industrial en relación con cualquier información que conozcan como consecuencia de la gestión de los envases usados y residuos de envases de las empresas a ellos adheridas.
Se deben conservar la información sobre contribuciones, por cada tipo de envase, durante 5 años.
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