Suministro Inmediato de la Información (SII) entrará en vigor el 01 de Julio de 2.017

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La Agencia Tributaria reclamará a las empresas que facturen más de 6 millones de euros que envíen las facturas recibidas y emitidas con un plazo máximo de 4 días. Se trata de unificar en un mismo formato las entradas y salidas de dinero con el objetivo de erradicar el fraude a Hacienda.

  • Después de cada facturación, los contribuyentes deberán enviar a la Agencia Tributaria en un máximo de cuatro días hábiles el detalle de las facturas emitidas y recibidas
  • Sólo será obligatorio para las grandes empresas, es decir, las que facturen más de 6m€ de facturación.
  • Sustituirá a la presentación de los modelos 340 (libros registro), 347 (operaciones con terceros) y 390 (resumen anual)

Con la información recibida y la que conste en base de datos, la AEAT elaborará los datos fiscales del contribuyente, a efectos del IVA, facilitando la declaración del impuesto mensualmente.

Esta normativa (Real Decreto 596/ 2016 de 2 de diciembre) tenía que entrar en vigor en enero de 2017 pero la falta de gobierno en España ha hecho retrasar la implementación hasta el 1 de Julio de 2.017, aunque tiene carácter retroactivo y las empresas tendrán hasta finales de año para enviar los documentos de los 6 primeros meses de 2017.

El siguiente documento publicado por la Agencia Tributaria explica al detalle las obligaciones del nuevo sistema del Suministro Inmediato de la Información.

Agencia Tributaria – Suministro Inmediato Información